Desde que el 24 de diciembre último se diera la liberación del sentenciado Alberto Fujimori, las victimas y la comunidad de derechos humanos iniciaron una nueva batalla legal ante una acción que trajo por tierra, mucho de lo ganado en estos años de lucha contra la impunidad

Durante años, la lucha por llevar a los tribunales a violadores de derechos humanos fue infructuosa, amparados desde el aparato estatal eran cubiertos con impunidad, cualquier intento de investigación era contenida indebidamente por de fuero militar, o simplemente falta de acción desde las instituciones encargadas de investigar estos hechos.

Luego de los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta en los años 1991 y 1992, las acciones de justicia tuvo un impulso gracias al periodismo de investigación que logró identificar a un escuadrón de la muerte que recibía la denominación de Colina y que operaba desde el servicio de inteligencia del ejército, es así, que cerrando el pasó a cualquier intento de investigación el gobierno de Fujimori dictó la ley de amnistía.

Al cerrarse los casos y liberando a los pocos detenidos e impidiendo nuevas investigaciones, la comunidad de derechos humanos acudió al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, sistema regional de justicia, en la cual el Estado peruano debía responder no sólo por la violación al derecho a la vida e integridad de las victimas, sino por sus acciones de impedir investigación y sanción de los responsables.

Es así que en 2001, la Corte IDH dictó una de las sentencias más emblemáticas de este sistema de justicia, la sentencia Barrios Altos, que con un alcance general, ordena a los estados y en caso especial al peruano a derribar todo obstáculo que impidiera la investigación y sanción de los responsables de graves crímenes, la Corte indico que carece de efecto jurídico toda medida teniente a garantizar la impunidad de estas violaciones.

Durante los años posteriores, la Corte ha ido desarrollando y afirmando su jurisprudencia anti impunidad, incluso sobre la obligación de los países vecinos ayudar a juzgar a los violadores que se refugiaban en países vecinos para evitar las acción de la justicia. Hoy la Corte tiene un nuevo reto, el estado peruano burlando los mandatos de la Corte decidió liberar a uno de los principales perpetradores de violación a derechos humanos de los años 90, para el estado, esta liberación no afecta los derechos de las victimas, señalando haber cumplido con investigar juzgar y sancionar, que el indulto está en las prerrogativas presidenciales del cual se puede hacer uso.

Estamos frente a una puerta falsa, una salida para violadores a derechos humanos, una garantía de falta de efectividad de la sanción a imponerse ante crímenes internacionales. Desde nuestro punto de vista la Corte tiene la oportunidad de cerrar esa puerta de salida, de lo contrario, nada de lo que se realice en materia de investigación y sanción servirán como garantía de no repetición, los esfuerzos serían destinados a solo el conocimiento sin sanción efectiva, por tanto dejar a las victimas sin la tutela que el estado está obligado a brindar frente a acciones que dañan los derechos protegidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La lucha contra la impunidad nunca fue del agrado de los Estados, y por ello los ataques contra el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, hoy, se reafirma o se vacía de contenido la jurisprudencia que ha costado tanto construir y que ha servido a América Latina y otros lugares del mundo en la persecución de los peores crímenes contra la humanidad.


(Foto de portada: Cnddhh / Facebook)


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